Cada complemento de Servidor de directorios debe poder acceder al puerto del servidor del conector de Servidor de directorios, que se seleccionó al instalar el conector. Los complementos que se ejecutan en las réplicas principales de Servidor de directorios deben poder acceder al puerto LDAP, 389, o el puerto LDAPS, 636, de Active Directory. Los complementos que se ejecuten en otras réplicas de Servidor de directorios deben poder acceder a los puertos LDAP y LDAPS principales de Servidor de directorios.