Oracle Hyperion Financial Management permite crear operaciones intercompañía como se indica a continuación:
Cargar operaciones intercompañía desde archivos ASCII. Consulte Carga de operaciones intercompañía.
Introducir manualmente operaciones desde la página Administrar operaciones intercompañía.
Se pueden introducir operaciones intercompañía para las cuentas que el administrador ha configurado como cuentas intercompañía. Las entidades que llevan a cabo operaciones intercompañía entre sí se conocen como contrapartidas intercompañía. El administrador identifica las entidades que pueden ser contrapartidas intercompañía.
El periodo de intercompañía debe estar abierto antes de introducir cualquier operación intercompañía. Después de abrir el periodo, podrá introducir las operaciones en la aplicación manualmente. Para crear operaciones, deberá contar con el rol de seguridad Usuario de operaciones intercompañía.
La operación debe contener información sólo para una operación como relacionada con la entidad en el punto de vista. El ID y el ID secundario de operación se utilizan como la clave para el registro de detalles de las operaciones.
Tabla 10-5 Detalles de operaciones
| Detalles de operaciones | Descripción |
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Escenario |
Debe ser un escenario válido definido para la aplicación. |
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Año |
Debe ser un año válido definido para la aplicación. |
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Periodo |
Debe ser un periodo de base válido definido para el escenario. |
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ID de operación |
Este ID es necesario. Se debe introducir un ID para la operación, con un máximo de 40 caracteres. Cuando se combina con el ID secundario, este ID se convierte en un identificador exclusivo de entidad/contrapartida/cuenta/C1/C2 dentro de la combinación de escenario/año/periodo. |
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ID secundario de operación |
(Opcional). Puede introducir un subidentificador para la operación, con un máximo de 40 caracteres. Esto es útil si necesita gestionar operaciones de uno a varios o de varios a varios entre dos entidades. Por ejemplo, si una operación en el libro de la entidad de origen se corresponde con varias operaciones en el libro de la entidad asociada, puede utilizar el ID de operación y la referencia común para utilizar el subidentificador para varias operaciones. Otro uso del ID secundario es cuando hay un ajuste necesario para ajustar la operación en Moneda de entidad en lugar de contabilizar un ajuste del asiento en Entity Curr Adjs. En este caso, se puede crear una operación ficticia y usar el mismo ID de operación de la factura original, pero utilizar el ID secundario para identificarla como un ajuste introduciendo ADJ1 en el ID secundario para mostrar que es un ajuste y no una factura real. |
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ID de referencia |
(Opcional). Puede introducir un ID de referencia para guardar cualquier información de referencia de la operación. Por ejemplo, es posible que la entidad tenga su propio conjunto de numeración de facturas diferente a la entidad que emitió la factura. Puede introducir información adicional en este cuadro de texto de ID de referencia solo con fines informativos. También se puede utilizar el ID de referencia para el ID de operación de la contrapartida. Se puede introducir el ID de referencia de la entidad en el ID de operación e indicar el número de factura correspondiente de la entidad asociada. |
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Fecha de operación |
(Opcional). Debe ser una fecha válida. |
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Entidad |
La entidad debe ser una entidad base ICP válida, no una entidad padre. |
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Entidad de contrapartida |
La entidad asociada debe ser una entidad ICP válida para la cuenta. |
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Cuenta |
La cuenta debe ser una cuenta ICP válida y la celda debe admitir operaciones como se especifica en el archivo de reglas. Consulte la sección de reglas en Guía del administrador de Oracle Hyperion Financial Management. |
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Personalizada |
Debe ser un miembro personalizado válido para la cuenta. |
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Importe de operación |
Este es el importe de la factura en la moneda de la operación. Esto es necesario solamente si no se introduce la moneda de entidad. |
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Moneda de operación |
Es la moneda utilizada en la operación de facturación. Debe ser una moneda válida definida en la aplicación. |
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Tipo de conversión |
Se trata del tipo utilizado para convertir el importe de la moneda de la operación en el importe de la moneda de informes local de la operación. Durante el cálculo del importe de moneda local, si el operador es Dividir, el sistema utiliza la siguiente fórmula: Moneda local = moneda de operación/tasa. Si el operador es Multiplicar, el sistema utiliza la fórmula siguiente: Moneda local = moneda de operación * tasa. Consulte Guía del administrador de Oracle Hyperion Financial Management. |
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Operador |
El operador Multiplicar o Dividir depende de la moneda local de la operación. Se debe definir primero la operación Multiplicar o Dividir para una moneda específica en la tabla de monedas de la aplicación. El valor predeterminado para el operador es Dividir. Consulte Guía del administrador de Oracle Hyperion Financial Management. |
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Importe de moneda de entidad |
Este es el importe de la factura en la moneda local de la entidad. La moneda debe ser una moneda válida definida en la aplicación. Esto es necesario si no se introduce el importe de la operación. De lo contrario, el sistema puede calcular nuevamente esta información si se introduce el importe de la operación y el tipo de conversión. |
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Comentario 1 |
(Opcional). Puede introducir comentarios para la operación. Se puede introducir un máximo de 256 caracteres. |
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Comentario 2 |
(Opcional). Puede introducir comentarios adicionales para la operación. Se puede introducir un máximo de 256 caracteres. Se puede utilizar el Comentario 2 para introducir comentarios relacionados con la operación de la contrapartida. Por ejemplo, la Entidad A podría introducir comentarios en Comentario 1 relacionados con la operación. Más adelante, la Entidad A podría ejecutar un informe coincidente o ver la operación de la contrapartida y darse cuenta de que hay diferencias con el importe de la contrapartida. Luego la Entidad A puede introducir los comentarios adicionales en Comentario 2 para mencionar algo relacionado con la información del registro de la contrapartida. Esta información es parte de la operación y puede incluirse en el informe coincidente para fines informativos o de pistas de auditoría. Tenga en cuenta que aunque Comentario se puede utilizar para la información de la contrapartida, sólo la entidad puede introducir la información. La entidad asociada no puede introducir información en el registro de la entidad. |
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Código de razón |
(Opcional). El código de razón debe ser un código válido definido por el administrador. La finalidad principal del código de razón es indicar el motivo por el cual una operación tiene estado de coincidencia incorrecta; por ejemplo, porque falta una factura de la entidad asociada o porque la contrapartida ingresó un importe incorrecto. Si la operación tiene el estado de coincidente, no es necesario asignar un código de razón para la operación. No se puede asignar un código de razón a una operación con estado No coincidente. |
Para crear operaciones intercompañía: