Tax Reporting calcula automáticamente la conciliación del tipo impositivo en vigor (ETR) en los tipos nacionales (estatutarias) y consolidados.
Los formularios de conciliación de tasas estatutarias y consolidadas capturan los siguientes elementos antes de impuestos y con impuestos efectuados:
La conciliación del tipo consolidado empieza por el tipo impositivo estatutario global para conciliarla con el tipo impositivo de una entidad mediante el uso de las categorías se han indicado anteriormente. El cálculo de conciliación del tipo estatutario es similar a la conciliación del tipo consolidado, pero el punto de partida se basa en el tipo impositivo estatutario de la entidad y, por lo tanto, no hay ninguna diferencia de tipo de cambio.
La conciliación de tasas calcula automáticamente el impacto fiscal de la concialiación de elementos como un porcentaje de ingresos netos antes de impuestos ajustados. El sistema proporciona la posibilidad de aumentar hasta el nivel más bajo de detalle cada uno de los elementos de conciliación anteriores para ver la contribución de cada elemento al tipo impositivo en vigor global, en función del nivel de información que se haya introducido.
La diferencia del tipo de cambio se calcula tomando la diferencia entre el tipo impositivo consolidado y el tipo impositivo estatutarioo, y multiplicándola por los ingresos netos antes de impuestos ajustados, las diferencias GAAP a estatutaria y las diferencias permanentes estatutaria a impuesto.
Nota:
Los cálculos de IFRS de CETR los controlan las jerarquías, por lo que los miembros de cuentas creados por los usuarios se deben crear bajo las jerarquías predeterminadas de diferencias permanentes como TRCS_PermGSTotal, TRCS_PermSTTotal o TRCS_TaxSpecialDeductionsTotal.