Antes de que pueda introducir, cargar o procesar las operaciones intercompañía, primero debe abrir el periodo de las operaciones. Un periodo puede tener estado Sin abrir, Abierto o Cerrado. El estado predeterminado de los periodos es Sin abrir. Una vez que se abre un periodo y que se ha ingresado una operación, sólo se puede cambiar a Cerrado. No puede volver a Sin abrir.
Se puede establecer la opción para coincidir o validar antes de contabilizar y especificar materialidades de coincidencias que corresponden a los procesos Coincidencia automática y Coincidencia manual para cada periodo. Consulte Definición de la opción Coincidir o validar antes de contabilizar y Definición de materialidades de coincidencias.
Para abrir periodos intercompañía debe disponer de la función de seguridad Administrador de aplicaciones.
Para abrir períodos: