Emisión de un Mandato
El acreedor inicia la emisión de un mandato mediante el envío del formulario de mandato (ya sea en papel o de manera electrónica) al deudor con la información del acreedor. La información del acreedor incluye el identificador único del acreedor como acreedor de SEPA. Una norma ISO especifica la estructura de la identificación de acreedor, que incluye el código de país, un dígito de verificación, el código comercial del acreedor y un identificador específico del país para el acreedor. El acreedor garantiza que el formulario de mandato contiene el texto legal obligatorio y el conjunto de información obligatoria, como se especifica en las normas. El deudor debe asegurarse de que se suministre la información requerida y de que el mandato esté firmado, ya sea a mano o electrónicamente. La información obligatoria de deudor incluye el número de cuenta bancaria internacional (IBAN) y el código del identificador bancario (BIC) del deudor. El acreedor asigna una referencia única para el mandato y proporciona esa referencia al deudor antes del primer inicio de un cobro. Entonces, el deudor puede usar la referencia de mandato única y la identificación de acreedor para verificar las transacciones bancarias.