Pagos Parciales Usando Prioridad de Contabilización
Para reservar importes de retención según prioridad, a cada código de distribución intermedio se le debe asignar una Prioridad de Contabilización. Cuando se contabiliza un pago parcial, sólo parte del importe de retención se transferirá al importe por pagar (en proporción al importe de cuentas a cobrar que se redujo con el pago). Cuando el importe de retención consiste en distintos códigos de distribución intermedio con diferentes prioridades de contabilización, el importe a transferir se asigna de la siguiente manera:
- Los códigos de distribución intermedios asociados con la deuda más antigua se liquidan primero.
- Dentro de la misma antigüedad de la deuda, los códigos de distribución intermedios con una prioridad más alta de contabilización se reservan primero. Si más de un código de distribución comparte la misma prioridad, la liquidación se distribuye entre ellos en proporción al balance de cuenta de retención.
La lógica anterior la maneja el algoritmo de creación de Transacción Financiera de segmento de pago C1-FTGL-PSAC. Como un ejemplo de cómo se aplican estas reglas, suponga que una implementación practica contabilidad de efectivo; es decir, no se reconocen ingresos, impuestos y otros pasivos de terceros hasta que se recibe el pago. También suponga que se han configurado los siguientes códigos de distribución:
Código de Distribución Intermedio |
Descripción |
Código de Distribución de Contabilidad de Efectivo |
Prioridad de Contabilización |
HLD-LPC |
Cargo por Pago Tardío |
R-MISC |
10 |
HLD-RGEN |
Ingresos: Cargo de Generación |
R-GEN |
20 |
HLD-RDIS |
Ingresos: Cargo de Distribución |
R-DIST |
30 |
HLD-RTRN |
Ingresos: Cargo de Transmisión |
R-TRAN |
30 |
HLD-THRD |
Cargos de Terceros |
R-THRD |
40 |
HLD-VAT |
IVA |
A/P-VAT |
90 |
Suponga que un cliente tiene un cargo de terceros pendiente con una fecha de atraso de 2/Ene/2009:
Evento |
Contabilidad de Libro Mayor |
Balance de Liquidación de Acuerdo de Servicio |
Balances de Retención |
|||||
HLD-LPC |
HLD-RGEN |
HLD-RDIS |
HLD-RTRN |
HLD-THRD |
HLD-VAT |
|||
Importe Impago |
Cuentas a Cobrar 50 HLD-HRD <45> HLD-VAT <5> |
50 |
0 |
0 |
0 |
0 |
(45) |
(5) |
Se crea una factura para un cliente y el resultado de las transacciones financieras de la factura (un ajuste de Cargo por Pago Tardío en el importe de 10 y un segmento de factura en el importe de 127) incluye las siguientes líneas de Libro Mayor de Transacciones Financieras (ambas transacciones financieras tienen una fecha de atraso de 15/Ene/2009):
Evento |
Contabilidad de Libro Mayor |
Balance de Liquidación de Acuerdo de Servicio |
Balances de Retención |
|||||
HLD-LPC |
HLD-RGEN |
HLD-RDIS |
HLD-RTRN |
HLD-THRD |
HLD-VAT |
|||
Segmento de factura creado |
Cuentas a Cobrar 127 HLD-RGEN <15> HLD-RDIS <20> HLD-RTRN <55> HLD-THRD <10> HLD-VAT <27> |
177 |
0 |
(15) |
(20) |
(55) |
(55) |
(32) |
Ajuste creado |
Cuentas a Cobrar 10 HLD-LPC <10> |
187 |
(10) |
(15) |
(20) |
(55) |
(55) |
(32) |
No se recibe ningún pago antes de la factura siguiente. El resultado de la transacción financiera de la factura siguiente (un segmento de factura en el importe de 100) incluye las siguientes líneas de Libro Mayor de Transacciones Financieras (esta transacción financiera tiene una fecha de atraso de 16/Feb/2009):
Evento |
Contabilidad de Libro Mayor |
Balance de Liquidación de Acuerdo de Servicio |
Balances de Retención |
|||||
HLD-LPC |
HLD-RGEN |
HLD-RDIS |
HLD-RTRN |
HLD-THRD |
HLD-VAT |
|||
Segmento de factura creado |
Cuentas a Cobrar 100 HLD-RGEN <15> HLD- RDIS <20> HLD- RTRN <45> HLD- THRD <10> HLD-VAT <10> |
287 |
(10) |
(30) |
(40) |
(100) |
(65) |
(42) |
Lo siguiente muestra el resultado si un cliente hace un pago el 20/Feb/2009. En el momento del pago, crearemos una tabla de importes de retención por prioridad de contabilización y antigüedad de la deuda de la siguiente manera:
Código y Prioridad de Distribución |
HLD-LPC (10) |
HLD-RGEN (20) |
HLD-RDIS (30) |
HLD- RTRN (30) |
HLD-THRD (40) |
HLD- VAT (90) |
Antigüedad de Deuda |
||||||
4 días de antigüedad |
(15) |
(20) |
(45) |
(10) |
(10) |
|
36 días de antigüedad |
(10) |
(15) |
(20) |
(55) |
(10) |
(27) |
49 días de antigüedad |
(45) |
(5) |